Obligación de seguros de vida para hipotecas

Muchas personas poseen seguros de vida para poder hacer frente a sus obligaciones hipotecaria en caso de que ocurra cualquier imprevisto. Son muchas las entidades que también exigen estos productos para concederte una hipoteca. Por ello, queremos saber si estamos en la obligación de contratar un seguro de vida para recibir un préstamo hipotecario.

¿Estoy obligado a tener un seguro de vida para obtener una hipoteca?

La respuesta es que legalmente no es obligatorio contratar un seguro de vida con un préstamo hipotecario. De hecho, si todos saben calculado la hipoteca sobre el inmueble, ya constituye o debería constituir una garantía suficiente.

Otra cosa es que para hacer frente al préstamo hipotecario que se destina al pago de una vivienda, pueda ser conveniente tener un seguro de hogar. O bien, que su existencia, permita a la entidad financiera proporcionarle al cliente o prestatario mejores condiciones en el préstamo hipotecario.

El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros señalad que ninguna normativa vigente impone de forma directa al deudor hipotecario la obligación de contratar seguro alguno en relación con el inmueble hipotecado o sobre el mismo.

Sin embargo, de facto, la mayoría de las entidades financieras a la hora de contratar un préstamo hipotecario, no se conforman con la garantía hipotecaria, sino que exigen además la contratación de un seguro de vida.

Existe, no obstante una excepción, que es cuando la hipoteca esté titulizada, y vaya a utilizarse en forma de cédulas o derivados. La razón es que en este caso el dinero prestado no pertenece al banco, sino a un tercero. Existe, no obstante, una obligación de comunicar esta situación al deudor hipotecario, por parte del banco. Y en este caso, si se puede exigir un seguro de incendios o de hogar. Si bien, el deudor hipotecario puede elegir la compañía con la que desea contratarlo. O bien, que las condiciones de la hipoteca varíen según que se contrate o no también un seguro de vida.

En este sentido, conviene señalar que, de conformidad con la nueva Directiva Europea sobre Hipotecas, una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario que vincule obligatoriamente al citado préstamo un seguro con la entidad bancaria, puede considerarse como una cláusula abusiva.

¿Por qué es conveniente contratar un seguro de vida?

Puesto que ya sabes que no es necesario, aprovecha para preguntar cualquier duda que tengas tanto la entidad financiera como el Notario. Y lee bien la letra pequeña antes de firmar el préstamo. Precisamente porque no es obligatorio contratar el seguro de vida junto con el préstamo hipotecario, puedes cancelarlo con posterioridad. Normalmente antes de que concurran 30 días desde su activación o un uno o dos meses antes de aprobación automática, según lo que indique contrato.

Sin embargo, antes de hacerlo, infórmate bien de las consecuencias que lo anterior puede tener para el préstamo hipotecario. En ocasiones, como hemos evitado las condiciones varían, y, es frecuente, que se incrementen los intereses a abonar.

En ocasiones algunas entidades financieras lo que hacen es establecer seguros de prima única, de modo que incluyen en el préstamo hipotecario, junto con la cantidad que necesita el  solicitante, el importe total de las mensualidades del seguro. En estos casos, no podrás darlo de baja ni contratar con otra aseguradora.

No obstante, puede ser conveniente contratar un seguro de vida, para asegurar, que en caso de, muerte, enfermedad o incapacidad de la persona que mantiene a la familia, esta última no quede “sin techo”, o en una situación crítica. En estos casos es conveniente dejar claro que el banco únicamente es beneficiario de la parte que resta de pagar la hipoteca. Y el beneficiario o los herederos cobrarán el resto.