Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo que afecta a las personas y empresas que desarrollan actividades empresariales, profesionales o artísticas en España. Este impuesto es clave para financiar los recursos municipales y varía según el tipo de actividad y la ubicación.
En este caso, exploraremos cómo se calcula el IAE, las exenciones aplicables, y cómo afecta tanto a autónomos como a empresas. También abordaremos el modelo 840, utilizado para la declaración y gestión del impuesto, y su importancia en el contexto español.
¿Qué es el IAE?
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, tanto para autónomos como para empresas. Es un impuesto al que tienen que hacer frente todas aquellas personas o empresas que ejerzan una actividad económica. Se entiende por actividad económica, toda aquella actividad realizada por algún contribuyente, ya sea una persona física o jurídica con el objetivo de entrar en el mercado de bienes y servicios. Puedes ser actividades primarias, secundarias o terciarias, en función del sector en el que se encuentren.
A diferencia de otros impuestos, el IAE es gestionado por los ayuntamientos y es de carácter local. Aunque fue un tributo de carácter universal, tras la reforma fiscal de 2002, actualmente solo afecta a quienes facturan más de un millón de euros anuales. Eso no implica que deban estar dados de alta en cada una de las actividades económicas que se realicen. Es uno de los impuestos más importantes para las arcas locales, ya que financia proyectos y servicios municipales.
Este impuesto está regulado por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), que define las tarifas, bonificaciones y exenciones del impuesto, así como su aplicación en diferentes municipios.
¿Cómo se calcula el IAE?
El cálculo del IAE no es un proceso estándar, ya que depende de varios factores. Es importante destacar que el cálculo dependerá de si la cuota es municipal, provincial o nacional y de la tarifa que corresponda.
Para entender cómo se obtiene este tributo es necesario saber cuáles son los sus diferentes componentes:
Cuota de tarifa del Impuesto
Este importe hace referencia a los mínimos que se deben pagar según los diferentes epígrafes que podemos encontrar en el Impuesto de Actividades Económicas. Son las tarifas que se aplican a cada una de las actividades económicas, pudiendo ser una cuota fija o una escala con tramos. Para ello, deberemos acudir a ver cada uno de los epígrafes y su tarifa correspondiente.
Coeficiente de ponderación
Tal y como decíamos, en función de la cifra de negocio que posee una determinada persona o sociedad, se le aplicará un porcentaje determinado. Para ello, se multiplicará la cuota de la tarifa de la actividad en cuestión y el coeficiente según el importe de su cifra de negocio. El resultado obtenido es lo que se conoce como cuota ponderada. Estos son los coeficientes de ponderación del IAE:
Cifra de negocio | Coeficiente |
---|---|
Desde 1.000.000,00 hasta 5.000.000,00 | 1,29 |
Desde 5.000.000,00 hasta 10.000.000,00 | 1,30 |
Desde 10.000.000,00 hasta 50.000.000,00 | 1,32 |
Desde 50.000.000,00 hasta 100.000.000,00 | 1,33 |
Más de 100.000.000,00 | 1,35 |
Sin cifra neta de negocio | 1,31 |
Coeficiente de situación
El coeficiente de situación es un recargo que se puede aplicar a las cuotas municipales y no a las cuotas provinciales ni nacionales. Este es un recargo que suele añadir los Ayuntamientos de cada municipio en función de la categoría de la calle en la que se realice la actividad económica, por lo que las actividades que no tengas un local determinado no tendrán que hacer frente a él. Por ejemplo, no pagarán lo mismo las zonas industriales que las zonas más céntricas y comerciales.
Este coeficiente puede oscilar entre un mínimo del 0,4% y un 3,68%. Además, los municipios deberán tener una clasificación de entre 2 y 9 categorías de calles, y el coeficiente entre una categoría determinada y su superior no podrá ser mayor del 0,1%.
Recargo provincial
Este es un recargo que pueden aplicar las Diputaciones de cada una de las provincias, las Comunidades Autónomos uniprovinciales, los consejos insulares de Baleares y los cabildos insulares de Canarias. Se aplica a la cuota ponderada y nunca podrá ser superior al 40%.
Conociendo todos sus componentes, ya sabemos cómo calcular el Impuesto de Actividades Económicas y obtener cuál es el importe que deberás pagar al fisco. Aprende a realizar estos cálculos y sabrás en todo momento los gastos fiscales a los que debes hacer frente próximamente.
Para el cálculo de este impuesto, el primer paso es la aplicación del coeficiente de ponderación a la tarifa, de esta forma, se obtiene la cuota ponderada.
Sobre la cuota ponderada se hará, solo en los casos municipales, la aplicación del coeficiente de situación, lo que dará como resultado la cuota incrementada. También habrá que tener en cuenta el recargo provincial, del que resultara el pago provincial.
De esta forma, llegaremos a estas fórmulas:
- Cuota ponderada = tarifa del epígrafe X cuota ponderada
- Cuota incrementada = cuota ponderada X coeficiente de situación
- pago provincial = cuota ponderada X recargo provincial
- IAE = cuota incrementada + pago principal

Principales factores de los que depende el IAE:
- Epígrafe de actividad: cada actividad económica tiene asignado un código o epígrafe que determina la tarifa a aplicar. Estos epígrafes están recogidos en las tarifas del IAE, que contemplan diversas actividades, desde la agricultura hasta la consultoría.
- Superficie del local: si la actividad se realiza en un local, la superficie de este influye en el cálculo. Un local más grande conlleva una mayor tarifa, ya que se asume que la actividad tiene un mayor impacto económico.
- Ubicación geográfica: la tarifa se ajusta según el municipio donde se realice la actividad. Cada municipio tiene una “categoría fiscal” que establece coeficientes correctores en función del tamaño y la importancia económica del área.
- Volumen de negocio: el cálculo final del impuesto puede variar en función de los ingresos que genera la empresa o el autónomo. Si la facturación supera un millón de euros, el IAE será obligatorio.
¿Quiénes deben pagarlo?
El impuesto a la actividad económica, debe ser tenido en cuenta en más de una situación. El objetivo más claro de este impuesto, como especificamos al inicio, son las empresas y autónomos que posean un volumen de negocio mayor al millón de euros. En este parámetro, también se incluyen a aquellas sociedades extranjeras que se encuentran operando en el territorio español (manteniendo el mismo umbral de facturación).
A este grupo que debe abonar el impuesto, se le agrega cualquier entidad que ejerza una actividad económica con fines de lucro, ya sea de manera profesional, empresarial o artística.
¿Quiénes están exentos de pagarlo?
Entre los perfiles exentos del pago del impuesto a la actividad económica, podemos destacar:
- Autónomos y empresas con facturación inferior a 1 millón de euros: este, como explicamos anteriormente, es el criterio principal para la exención.
- Nuevos autónomos y empresas: durante los dos primeros años de actividad económica, las personas y entidades que comienzan su andadura empresarial están exentas de pagar el impuesto.
- Entidades sin ánimo de lucro: asociaciones, fundaciones y ONG no están obligadas a pagar el IAE si su actividad no tiene fines lucrativos.
- Organismos públicos: las administraciones públicas y sus empresas dependientes están exentas del pago del impuesto, siempre que no desarrollen actividades económicas con ánimo de lucro.
¿Cómo es su fiscalidad?
En cuanto a la fiscalidad, el IAE es un impuesto directo y de carácter local, lo que significa que cada municipio tiene cierta autonomía para gestionarlo. Aunque las tarifas son nacionales, los ayuntamientos tienen la facultad de aplicar coeficientes correctores que pueden aumentar o reducir la cuantía del impuesto.
Además, algunos municipios ofrecen bonificaciones o descuentos para fomentar actividades económicas de interés general o para nuevas empresas.
¿De qué se trata el modelo 840?
El modelo 840, es el documento principal y oficial del impuesto a la actividad económica y, por ende, el que debe ser presentado a Hacienda, para la declaración de dicho impuesto.
¿Cuáles son sus funciones?
Este documento tiene 4 usos directos:
- Darse de alta o de baja en el IAE: en este sentido, se da para notificar a la agencia tributaria, el inicio o fin de cierta actividad económica, que está sujeta al impuesto.
- Declarar variaciones en la actividad: se utiliza para informar a la Agencia Tributaria sobre los cambios que se realicen en la actividad anteriormente declarada.
- Dar de alta o baja un local: para comunicar que se incluye o excluye un determinado local que tiene implicaciones en el cálculo del impuesto. Este no precisa de estar íntimamente relacionado con la actividad principal, sino afectar su gestión.
- Declarar variaciones en un local: mediante este se notifican cambios referidos a un local que no afecta de manera directa la actividad económica.
¿Quiénes deben presentarlo y quiénes no?
El modelo 840 debe ser presentado por las entidades jurídicas que posean su actividad en territorio español y una cifra de negocio mayor o igual a un millón de euros.
En cuanto a los exentos a esta declaración, podemos destacar a varias entidades y personas. Entre ellas, se encuentran las personas físicas (tanto residentes como no residentes en España), entidades que inicien su actividad (durante los primeros dos años), y aquellas con Ingresos Netos de Cifra de Negocios (INCN) inferior a un millón de euros.
Además, están exentos organismos públicos como el Estado, las Comunidades Autónomas, entidades locales, la Seguridad Social, mutualidades de previsión social, establecimientos de enseñanza pública, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, y la Cruz Roja Española.
Importancia del impuesto sobre la actividad económica en España
El IAE es una fuente clave de financiación para los municipios en España, ya que los ingresos recaudados se destinan a la prestación de servicios públicos locales como la limpieza, seguridad y mantenimiento de infraestructuras. Además, el IAE permite a los ayuntamientos llevar un control más exhaustivo de las actividades económicas que se desarrollan en su territorio, contribuyendo a una mayor transparencia fiscal.

IAE para autónomos
En la práctica, la mayoría de los autónomos en España no están obligados a pagar el IAE debido a la exención para aquellos con un volumen de facturación inferior al millón de euros anuales. Sin embargo, cuando los ingresos superan ese umbral, deben darse de alta en el impuesto y comenzar a tributar según las tarifas aplicables.
Algunos autónomos deben estar especialmente atentos si tienen empleados o si cuentan con instalaciones comerciales o industriales, ya que estos factores también pueden influir en la obligación de pagar el IAE.
Es importante resaltar que los autónomos deben declarar y liquidar el impuesto en los dos primeros años de actividad, aunque disfrutan de una exención temporal en dicho periodo.