La fianza en los contratos de alquiler
La fianza en los contratos de alquiler o contrato de arrendamiento hace referencia a la cantidad en efectivo que el inquilino entrega al arrendador y que sirve como garantía de que este cumplirá con el contrato firmado por ambas partes.
¿Qué es una fianza?
En términos legales, la fianza constituye una garantía para la persona que alquila del cumplimiento de las obligaciones del arrendador, no solo del pago de la renta y de otros gastos, además de la devolución de la vivienda en las mismas condiciones en las que fue entregada.
La fianza es obligatoria y ha de constar en el contrato de alquiler. El arrendador podrá solicitar el importe de una o dos mensualidades del alquiler en concepto de fianza.
Es decir, la fianza que entrega el inquilino al arrendador garantiza lo siguiente:
- El pago de la mensualidad en el caso de que el inquilino no cumpla con el pago dentro de la fecha estipulada.
- Cuando el inquilino abandone la vivienda, la fianza puede utilizarse para saldar deudas, como pueden ser las facturas domésticas, es decir, las del agua, la luz y el gas.
En caso de que existan desperfectos en el domicilio que no estaban en el momento en el que se hizo entrega del inmueble al inquilino y que haya sido causado por éste, la fianza podrá ser utilizada para repararlos.
Dudas frecuentes sobre la fianza en los contratos de arrendamiento
A continuación encontrarás respuesta a algunas de las dudas más frecuentes que surgen con respecto a la fianza en los contratos de alquiler:
- La ley establece que durante los primeros cinco años que dure el alquiler del inmueble o local, la fianza no está sujeta a actualización. Pero si el alquiler se prorroga más allá de esos 5 años, el propietario o arrendador tiene derecho a incrementarla.
- Si la causa de los desperfectos que se han podido producir en una vivienda es el tiempo, el desgaste o por otra causa inevitable, la fianza no podrá ser utilizada para reparar los daños.
- Al abandonar la vivienda es necesario firmar un finiquito del contrato y la entrega de llaves en el que deberán constar los desperfectos o deterioros sufridos o las deudas pendientes (como por ejemplo los suministros). Una vez firmado este documento, si no se devuelve la fianza, el inquilino puede reclamar.