Rescate de un seguro de vida

El valor de rescate de un seguro de vida es la cantidad que el asegurado, a voluntad, puede recibir de la aseguradora con la que tiene contratado un seguro de vida, a cuenta de la cuantía que en su día pueda corresponderle sobre la provisión matemática generada por su póliza.

Es importante tener en cuenta que no existe este derecho en todo tipo de seguros, de acuerdo con la ley de contrato de seguro. Sin embargo, esta permite que pueda fijarse su existencia de acuerdo con lo establecido en el contrato.

El derecho es característico de los seguros de muerte a vida entera de carácter permanente (o seguros permanentes de vida entera). Sin embargo, según lo anteriormente mencionado puede tratarse en seguros de supervivencia y en seguros de muerte en de carácter temporal.

¿Se puede rescatar un seguro de vida?

La respuesta es afirmativa siempre que se trate de un seguro de muerte, a vida entera, de carácter permanente (es decir un tipo de seguro de vida en que el siniestro es el deceso y dura toda la vida, sin que exista una edad a partir de la cual deja de tener efecto a cobertura), pues, en este caso existe una obligación legal para la entidad aseguradora y un derecho para el asegurado. Si bien, esta obligación está condicionada a que el asegurado haya satisfecho las dos primeras anualidades de prima.

En los casos en que se hubiere previsto la posibilidad de un rescate de otro seguro de vida distinto del anterior, habrá de estarse a los términos establecidos en el contrato.

¿Cómo se calcula el valor de rescate de un seguro?

Se trata de un anticipo que puede ser total o parcial respecto de la indemnización que en su día pudiera corresponder. En este sentido el valor de rescate se suele calcular según tablas previstas en la póliza. Puede señalarse que tienen fundamento similar a la reducción.

De forma teórica, puede decirse que el valor de rescate es la diferencia entre el montante, la reserva matemática y una serie cantidades que deben ser reducidas de la misma por diversos motivos, como gastos que haya de compensarse o correcciones por riesgos de abandono del tipo de póliza de que se trate.

Al objeto de limitar el riesgo de mercado relacionado con la evolución del valor de los activos que determinan el valor de rescate en pólizas en el propio mercado, el valor de rescate se calcula en función de la provisión de seguros de vida, para lo cual se utilizan las bases técnicas para el cálculo de la prima.

Se busca, en definitiva, que el importe de las provisiones de seguros de vida para cada contrato, sea en todo momento, al menos, igual al valor de rescate que aparece en la póliza.

¿Quién puede rescatar un seguro de vida y qué puede llevar a solicitar un rescate?

Las causas por las que el tomador puede decidirse a rescatar la póliza pueden ser muy variadas, aunque, en general, suelen estar asociadas con algún tipo de cambio en las circunstancias de la persona o entidad familiar. Mayoritariamente de carácter económico.

En este sentido, puede mencionarse la existencia de una menor estabilidad económica de la vida familiar, si, por ejemplo, uno de los cónyuges queda en situación de desempleo, o se producen cambios dramáticos sobrevenidos a la familia, que van desde fallecimientos, ruptura de lazos afectivos o conyugales; gastos imprevistos sobrevenidos de suficiente entidad como para desestabilizar la economía familiar. Por ejemplo, problemas médicos, gastos necesarios en estudios o inversiones exigidas para poner en marcha un negocio.

En definitiva, el derecho de rescate puede considerarse como una especie de colchón del que puede disponerse cuando se está pasando un apuro económico.

Una vez rescatado el seguro, el derecho se mantiene, si bien que con las mismas condiciones. Es decir, el tomador podría decidir realizar un nuevo rescate, una vez transcurridos, al menos, 2 años desde el rescate anterior.