El concepto de SOCIMI, Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, es un sistema de inversión que surgió en la década de los 60 en Estados Unidos y que posteriormente se adaptó a Europa.

En España se aprobaron por medio de la ley 11/2009, con modificaciones por parte del Ejecutivo a finales de 2012 al no encajar con las exigencias de los inversores. Dos empresas como Promorent y Entrecampos ya cotizan como SOCIMI.

Cómo funcionan las SOCIMI

Las SOMICI están pensadas para conseguir rendimiento a través del alquiler de los inmuebles activos. Además de comprar y vender, los inversores tienen la posibilidad de rehabilitar los inmuebles e incluso gestionar la propiedad de los mismos.

Tienen que cotizar de manera obligatoria en bolsa, lo que además de proporcionar importantes beneficios, también implica una mayor transparencia en las gestiones.

Hay una serie de ventajas de los SOMICI, entre los que destacan:

  • Obligación de una inversión a largo plazo, de un mínimo de cinco años.
  • Tributación en un régimen fiscal privilegiado, tributando sobre el Impuesto sobre Sociedades a un 18%.
  • Cuando más de la mitad del activo corresponde a pisos en alquiler, hay una bonificación del 20% sobre las rentas conseguidas.
  • Deducción por reinversión de plusvalías del 6%.
  • Exención de impuestos municipales.

Requisitos de la SOCIMI

Toda SOCIMI debe cumplir con una serie de obligaciones en cuanto a patrimonio y inversión, como son las siguientes:

  • La cotización debe ser en un mercado regulado, como el europeo o el español.
  • Es preciso hacer como mínimo una inversión del 80% de su activo en inmuebles urbanos, ofrecidos en alquileres o acciones conjuntas con otras sociedades cotizadas anónimas. El 80% de los ingresos que genere la empresa deben proceder del alquiler.
  • Capital social mínimo de 5 millones de euros.
  • Obligación de repartir dividendos: las sociedades deben retribuir a los accionistas. Esto conlleva a distribuir un 80% de los beneficios conseguidos por rentas de alquiler, el 50% de las ganancias por ventas de activos y la totalidad de los conseguido de otras SOCIMI.
  • Exenciones fiscales: hay que destacar la fiscalidad de las SOCIMI, que se encuentran exentas del pago del Impuesto de Sociedades y cuentan con una bonificación elevada en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Endeudamiento: la ley de 2012 suprime el límite del 70% de endeudamiento.