Muchas personas, a veces optan por tener unos ingresos extras a través de su vivienda. Deniegan el uso de su propiedad para recibir el precio de la compra de esa vivienda, pero habitando aún en ella. ¿Quieres saber cómo o en qué consiste? Te lo contamos.

Hablamos del concepto de nuda propiedad. Se refiere, como hemos indicado, a un derecho que permite a una persona vivir en su casa sin ser suya del todo. Normalmente, está indicado para personas que quieren ganar un ingreso extra, como personas mayores, que no tienen herederos o aquellos que quieran aumentar su bienestar.

Para entender mejor el concepto, tenemos que tener claro que cuando adquirimos una propiedad tenemos el llamado pleno dominio. El pleno dominio se divide en la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. En caso que se venda solo la nuda propiedad, la persona que antes la tenía podrá vivir en la vivienda mientras permanezca viva.

Esto quiere decir que si alguien adquiere la nuda propiedad, pero el antiguo propietario sigue viviendo en ella, el usufructo vitalicio solo será adquirido por el nudo propietario cuando se deje de habitar en ella.

Esta gran ventaja permite al usufructario vivir en la vivienda además de recibir un ingreso por la venta de la nuda propiedad. Solo dejará de vivir en ella si:

  • Fallece. Por lo que el usufructo vitalicio pasa a ser propiedad del dueño de la nuda propiedad. En este momento es cuando sí podrá habitar la vivienda siendo suya.
  • Alquila. En el caso que no quiera vivir en ella pero quiera alquilar la propiedad, podrá hacerlo con total libertad. De este modo se podrán compartir los gastos ocasionados de tener la vivienda.
  • Vende. En el momento en que se venda el usufructo vitalicio a un tercero, el antiguo dueño no tiene el derecho de vivir en ella, quedando a ser la propiedad a nombre de otra persona.