El truncamiento supone la posibilidad de sustituir los documentos originales por registros informáticos para su cobro a través de los sistemas de pagos. Es un procedimiento por el que la entidad tomadora de un documento transmite a la entidad librada la información sobre este, sin necesidad de enviar el documento original “truncado” para llevar a cabo la operación. Los documentos que se pueden truncar son los cheques, pagarés de cuenta corriente o pagos domiciliados, que se emiten por un importe igual o inferior al “límite de truncamiento”.
El límite de truncamiento es actualmente de 15.000 euros, cantidad a partir de la cual el cheque no se inmoviliza y debe intercambiarse físicamente. Se trata por tanto de sustituir documentos originales por registros informáticos o electrónicos que contengan su información más importante. Lo más conocido en este ámbito es el truncamiento de cheque. Se establecieron nuevas leyes para poder truncar un cheque. Nueva Zelanda fue uno de los primeros países en integrar este sistema, y acto seguido le siguieron muchos países. Cuando algunos de ellos se decidieron por esta opción, se creó una disminución en el uso de cheques generalmente a favor de sistemas de pago electrónico.
Entonces, se necesitaron nuevas leyes para crear nuevas formas de dirección para asegurarse que la imagen digital es una copia fiable y exacta del cheque original, así como un proceso para asegurar y proteger a los consumidores. Entonces la seguridad relacionada con esto también conlleva un proceso de compensación de cheque para acomodar los cheques electrónicos.
De esta manera los bancos e instituciones financieras utilizan estos sistemas de truncamiento para administrar este proceso.
Sin embargo, algunos bancos han modificado sus propios sistemas bancarios o construido un sistema propio para manejar este truncamiento, y por otra parte también existen empresas de software que proporcionan servicios y soluciones comerciales para este truncamiento.