Un seguro de impago de alquiler, como su propio nombre indica, permite a los arrendadores de los inmuebles asegurarse ante los impagos de los alquileres de sus inquilinos.

Este tipo de seguros ha permitido que más propietarios se animen a alquilar viviendas, ya que les permiten asegurarse ante los impagos que puedan sucederse. En este sentido, es muy fácil que el dueño de un inmueble se anime a alquilar, sabiendo que la aseguradora le protege.

¿Cómo funciona un seguro de impago de alquiler?

Cuando contratamos un seguro de impago de alquiler, la aseguradora en la que lo hayamos contratado hará una entrevista y evaluará entre los candidatos a alquilarnos el inmueble aquel que sea más solvente.

El seguro puede cubrir el pago de rentas adeudadas hasta un máximo de 12 mensualidades (aunque varía según el contrato), e incluso adelantar recibos impagados. Por otro lado, también pueden defendernos ante un conflicto civil o penal con el inquilino o que nos protejan los deterioros inmobiliarios y robos.

¿Qué hago si se ha producido un impago?

Nada más que ocurra hay que notificarlo para que se tomen las decisiones oportunas (entre ellas, la demanda de desahucio). Posteriormente, el usuario deberá cumplimentar la reclamación de rentas en un plazo de 3 meses.

Cuando ocurra esto es cuando el asegurado puede reclamar el impago de las rentas que se les deben hasta ese momento. En el caso de que se notifique tarde (más de 45 días, por lo general), se pierde el derecho al adelanto de rentas y no podrá obtener resultado hasta que haya sentencia del desahucio y recupere la vivienda.

Sin duda, el seguro de impago de alquileres es una buena arma en los tiempos que corren, en el que las cuotas no se pagan a su debido tiempo (como ocurre a 6 de cada 10 propietarios).