La definición de valor catastral es el valor administrativo determinado a partir de los datos que hay en el catastro inmobiliario. Es importante conocer esta valoración para determinar el precio mínimo que se le puede dar a un inmueble, además de para saber con exactitud las cuantías de los distintos impuestos que se abonarán anualmente por ser propietario.

¿En qué consiste el valor catastral?

El valor catastral de la vivienda se compone de dos elementos como son el valor del suelo y el valor de la construcción. Para concretar el valor del suelo se tendrán en consideración las circunstancias urbanísticas que le afecten, mientras que para concretar el valor de la construcción se tienen en cuenta las condiciones urbanístico-edificadoras de la casa, su uso o destino, la situación, el carácter histórico-artístico, la antigüedad y la calidad de la construcción y cualquier otro aspecto. Este valor puede determinar la revalorización de inmuebles o, por otro lado, la depreciación de su valor, debido a diferentes circunstancias.

Hay que aclarar que este valor no es fijo, por lo que puede experimentar variaciones a lo largo del tiempo, en situaciones como las siguientes:

  • Cambios de las ponencias de valores, que son el documento que recoge los parámetros por los que se valorará el suelo y las construcciones.
  • Cambios del planteamiento urbanístico municipal.
  • Aplicación de coeficientes de actualización establecidos por la administración que afectarían a todos los inmuebles de un territorio.
  • Modificaciones de orden físico, como puede ser ampliación, demolición, rehabilitación, etc; o económico, con cambio del uso y destino de la vivienda.

Para conocer el valor catastral de un inmueble hay varias vías. El principal requisito para conseguir esta documentación es que seas el propietario del mismo. Entre estos canales están:

  • Por Internet: en la sede electrónica del Catastro puedes realizar la consulta sobre los datos catastrales. Es el método más sencillo y fiable.
  • Presencial: en el Ayuntamiento con el número referencia de la propiedad y el DNI comprobarán que eres el dueño de la casa. Una vez revisado esto se recurrirá al mapa catastral para que obtengas la información demandada.
  • Por teléfono: llamando a la oficina de Catastro de tu comunidad. Ten a mano para ello el número de referencia catastral.