La definición de póliza es el documento en el que se recoge el contrato de seguro y las obligaciones y derechos que deben asumir tanto la compañía aseguradora como el asegurado, que son las dos partes que intervienen en estos contratos.

¿Qué contiene una póliza?

En dicho documentos se plasman con detalles las personas, instrumentos o elementos que van a estar sujetos a esa protección, además de fijarse las garantías e indemnizaciones en caso de que haya un siniestro o incidencia que dañe a la persona o bien de nuestra propiedad.

Las pólizas están capacitadas para proteger una gran variedad de riesgos, como pueden ser accidentes, incendios, el fallecimiento de una persona, etc. Antes de su contratación, el interesado debe informarse correctamente sobre cuál es la mejor opción para proteger su bien. De esa forma podrá resguardar algunas cuestiones de riesgo y excluir otras que considere menos importantes.

Tipos de pólizas

El concepto póliza suele vincularse sobre todo al ámbito de los seguros y de la contabilidad, principalmente:

  • Póliza de seguro: se trata de un documento legal utilizado para certificar los beneficios a los que tiene derecho el asegurado cuando abona una prima por la cobertura de un seguro. En ella se establecen los términos a través de los cuales la compañía aseguradora se obliga a resarcir un daño y pagar la correspondiente indemnización al comprobarse una eventualidad recogida dentro del contrato. Pueden ser pólizas contra accidentes, robos, de enfermedad, de vida, viajes, etc.
  • Pólizas contables: hace referencia al documento en el que se registran las distintas operaciones contables de una empresa o persona. Puede ser de varias clases: de diario, de egresos o de ingresos.
  • Póliza de crédito: es el documento en el que una entidad financiera otorga a una persona o empresa el derecho a endeudarse con ella, y en el que plasma todos los acuerdos y cláusulas de ese contrato.

Partes de la póliza

La póliza se compone de tres partes esenciales, como son las condiciones generales, las condiciones particulares y el condicionado especial.

  • Condiciones generales: recogen el conjunto de cláusulas que fija el asegurador para regular los contratos de seguro que se emitan dentro del mismo.
  • Condiciones particulares: se tratan de los aspectos concreto de cada póliza y que los diferenciará del resto.
  • Condicionado especial: las distintas cláusulas que resultan de la aplicación a cada póliza.